La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer un nuevo paquete de beneficios económicos contemplado en el Decreto 1419, el cual otorga una reducción del 85% en sanciones para aquellos contribuyentes que registren obligaciones pendientes con la entidad.

La medida, expedida en el marco de las acciones gubernamentales para incentivar el recaudo y facilitar la reactivación, establece que los morosos solo deberán pagar el 15% restante de la sanción junto con la totalidad del impuesto o tributo principal adeudado. Adicionalmente, la normativa fija una tasa especial de intereses de mora del 4,5% anual.

Requisitos principales para acceder al beneficio

Para acogerse a esta amnistía tributaria, aduanera o cambiaria, los interesados deben cumplir con las siguientes condiciones estipuladas por la entidad:

  • Obligaciones en mora: Aplica para deudas con vencimientos o periodos anteriores al 10 de agosto de 2026.
  • Pago de capital: El contribuyente debe cancelar el 100% de la obligación principal (el impuesto adeudado).
  • Declaraciones pendientes: En caso de tener declaraciones omitidas o inexactas, se deben presentar o corregir dichos documentos según corresponda, liquidando el porcentaje de sanción reducido.
  • Límite de sanción: El valor de la sanción tras aplicar el descuento no podrá ser inferior a la sanción mínima establecida para el año fiscal correspondiente.

Fecha límite

La DIAN recordó que este beneficio no es indefinido. La fecha límite improrrogable para cumplir con los requisitos, acogerse a los alivios y efectuar los pagos correspondientes es el 19 de noviembre de 2026. Los interesados pueden revisar su estado de cuenta y adelantar los trámites directamente a través de los canales virtuales oficiales de la entidad.